No puedo pagar la hipoteca: qué pasa y qué opciones tienes

Perder el empleo, una subida fuerte del Euríbor, un divorcio, una enfermedad: las causas por las que una familia deja de poder pagar su hipoteca casi nunca se eligen. Lo que sí se elige es cómo reaccionar, y ahí los tiempos importan muchísimo: cuanto antes te muevas, más opciones tienes y más baratas son. Esta guía explica qué ocurre exactamente cuando se deja de pagar, qué plazos marca la ley y todas las salidas disponibles, de la más suave a la más drástica.

Qué pasa cuando dejas de pagar: los plazos reales

Dejar de pagar una cuota no significa perder la casa al mes siguiente. La secuencia habitual:

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Día 1-30: primer impago

El banco te reclama el pago y empieza a aplicar intereses de demora (limitados por ley al interés ordinario + 3 puntos). El impago aún no aparece necesariamente en ficheros de morosidad.

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Mes 2-3: reclamaciones y ficheros

Llamadas y cartas del departamento de recobros. La deuda puede inscribirse en ficheros como ASNEF, lo que complica pedir cualquier otra financiación.

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Mes 12 (o 3% del capital): vencimiento anticipado

Desde la Ley 5/2019, el banco solo puede dar por vencido todo el préstamo si debes 12 mensualidades o el 3% del capital en la primera mitad de la vida del préstamo (15 cuotas o el 7% en la segunda mitad). Antes te requerirá formalmente el pago dándote al menos un mes para regularizar.

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Después: ejecución hipotecaria

El banco presenta demanda de ejecución. El procedimiento judicial tarda habitualmente entre 1 y 2 años más hasta la subasta. Hasta el final existe la posibilidad de parar el proceso pagando lo debido (más costas).

Dato clave que mucha gente desconoce: la deuda hipotecaria en España es personal. Si la subasta no cubre todo lo que debes, el banco puede seguir reclamándote la diferencia con tus demás bienes e ingresos. Por eso “dejar las llaves e irse” no cancela la deuda salvo que se pacte una dación en pago.

Opción 1: negociar con el banco cuanto antes

Al banco tampoco le interesa la ejecución: es lenta, cara y le obliga a provisionar. Si te anticipas —idealmente antes del primer impago— tienes varias herramientas de novación:

  • ·Carencia de capital: durante un periodo (6-24 meses) pagas solo intereses. La cuota baja mucho temporalmente; a cambio, el préstamo se encarece a largo plazo.
  • ·Ampliación de plazo: alargar la hipoteca baja la cuota de forma permanente. De 20 a 30 años, la cuota de 150.000 € al 3% baja de 832 € a 632 €. Más intereses totales, pero respiro inmediato.
  • ·Cuota reducida temporal o reunificación: algunos bancos ofrecen periodos de cuota rebajada, o reunificar deudas en la hipoteca (esto último, con mucho cuidado: convierte deuda barata a corto plazo en deuda a 25 años).

Lleva la propuesta hecha: simula tu situación con distintos plazos en la calculadora hipotecaria y pide por escrito la opción que encaje con tus números.

Opción 2: el Código de Buenas Prácticas

Si estás en el umbral de exclusión (ingresos del hogar por debajo de ciertos límites referenciados al IPREM, cuota superior al 50% de los ingresos netos, y haber sufrido una alteración significativa de circunstancias económicas), los bancos adheridos al Código de Buenas Prácticas —la práctica totalidad— están obligados a ofrecerte, por este orden:

  • ·Reestructuración de la deuda: carencia de capital de hasta 5 años, ampliación de plazo hasta 40 años y rebaja del tipo durante la carencia.
  • ·Quita: si la reestructuración no es viable, puedes solicitar una reducción de la deuda (el banco puede aceptarla o no).
  • ·Dación en pago: si nada de lo anterior funciona, entrega de la vivienda con cancelación total de la deuda, pudiendo incluso quedarte de alquiler hasta 2 años pagando una renta reducida.

Se solicita en tu propia oficina presentando la documentación que acredite tu situación (libro de familia, certificados de empleo o paro, declaración de la renta, nota simple...). Si cumples los requisitos, el banco no puede negarse a la reestructuración.

Opción 3: vender la vivienda

Si la situación no es transitoria sino estructural, vender antes de acumular impagos suele ser la salida que más patrimonio salva. Vender por tu cuenta te permite obtener precio de mercado, cancelar la deuda y, si hay excedente, quedártelo. En una ejecución, en cambio, la vivienda suele adjudicarse por debajo del valor de mercado y las costas corren de tu cuenta.

Si la venta no cubriera toda la deuda (más habitual en hipotecas recientes con poca amortización), puedes negociar con el banco una venta con quita o autorización de venta por debajo de la deuda con un plan para el resto. Todo es negociable mientras no haya demanda presentada.

Opción 4: la dación en pago

Entregar la vivienda a cambio de la cancelación total de la deuda. Dos cosas importantes:

  • ·No es un derecho general: salvo en el marco del Código de Buenas Prácticas, el banco tiene que aceptarla voluntariamente.
  • ·Bien negociada, te libera por completo: sin deuda residual, sin intereses de demora y sin procedimiento judicial. Es preferible a una ejecución, pero peor que una venta a precio de mercado.

Errores que agravan el problema

  • Esconder la cabeza: no abrir cartas ni coger llamadas del banco solo consume el tiempo que juega a tu favor.
  • Pedir préstamos rápidos o microcréditos para pagar la cuota: convierten un problema al 3% en uno al 20% o más.
  • Dejar de pagar la hipoteca pero seguir pagando deudas menores: la hipoteca es siempre la prioridad — protege tu vivienda y es tu deuda más barata.
  • Firmar lo primero que ofrezca el banco sin comparar: una refinanciación mal planteada puede ser pan para hoy y mucha más deuda para mañana.

Y un recurso gratuito que poca gente usa: las oficinas municipales de intermediación hipotecaria y los servicios de orientación de los colegios de abogados ofrecen asesoramiento gratuito para negociar con el banco.

Haz números antes de negociar

Simula cuánto bajaría tu cuota ampliando plazo o con un periodo de carencia: llegar al banco con una propuesta concreta multiplica tus opciones.

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